Los funcionarios del Instituto Nacional del Trabajo encargados del
contralor de las leyes reglamentarias de las condiciones de trabajo,
salarios, limitación de jornada, descanso semanal, licencia anual o disposiciones sobre higiene tendrán libre acceso a los establecimientos o locales de la industria y comercio que no constituyen el hogar del patrón, sus familiares o representantes.