ADMINISTRACION DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL SOCORRO Y LA REHABILITACION (UNRRA). CONTRIBUCION DEL ESTADO. DEUDA PUBLICA




Promulgación: 03/04/1946
Publicación: 13/04/1946
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1946
  •    Página: 415

Artículo 1

   La contribución de la República a la Administración de las Naciones Unidas para el Socorro y la Rehabilitación, establecida por ley de diciembre 27 de 1944, se completa con la cantidad de quinientos mil dólares.

Artículo 2

   Autorízase el pago de la cantidad de quince mil dólares, en carácter de cuota-parte correspondiente a la República en el presupuesto del referido instituto internacional, por el año 1945.

Artículo 3

   Al efecto de cubrir las erogaciones precedentemente autorizadas, auméntase en ochocientos veinte mil pesos ($ 820.000) la "Deuda Interna" 
creada por ley de 20 de octubre de 1944.

Artículo 4

   Comuníquese, etc.

AMEZAGA - EDUARDO RODRIGUEZ LARRETA - HECTOR ALVAREZ CINA
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