FUNCIONARIOS. REMUNERACIONES. RECURSOS. MODIFICACION DE IMPUESTO. HERENCIAS, LEGADOS Y DONACIONES. ALCOHOLES Y BEBIDAS ALCOHOLICAS. SOBRETASA INMOBILIARIA




Promulgación: 27/07/1946
Publicación: 02/08/1946
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1946
  •    Página: 756
Referencias a toda la norma

CAPITULO II
De los recursos

Artículo 22

   Auméntanse en $ 0.25 por litro calculados a 96º los impuestos que gravan a los alcoholes potables, cualquiera sea su naturaleza, su uso o destino. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 25.
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