FUNCIONARIOS. REMUNERACIONES. RECURSOS. MODIFICACION DE IMPUESTO. HERENCIAS, LEGADOS Y DONACIONES. ALCOHOLES Y BEBIDAS ALCOHOLICAS. SOBRETASA INMOBILIARIA




Promulgación: 27/07/1946
Publicación: 02/08/1946
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1946
  •    Página: 756
Referencias a toda la norma

CAPITULO III
Disposiciones Generales

Artículo 36

   El Poder Ejecutivo ajustará las escalas de categorías y grados del
artículo 91 de la ley Nº 9.640, de 31 de diciembre de 1936, de acuerdo a 
lo dispuesto en esta ley.
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