Autorízase al Poder Ejecutivo para ampliar en la suma de dos millones cien mil pesos ($ 2.100.000.00) valor nominal, la emisión de la segunda serie de la Deuda Interna de 1942, dispuesta por la ley Nº 10.469 de enero 7 de 1944, (artículo 9º) en las condiciones establecidas para la emisión original. El producido de la colocación de estos títulos se destinará a pagar a los Gobiernos Departamentales del Interior la suma de un millón novecientos noventa y ocho mil novecientos noventa y dos pesos con ocho centésimos ($ 1.998.992.08), por saldo pendiente del 75% sobre el impuesto del 4 1/2 por mil de Contribución Inmobiliaria a cargo de los bienes de sus respectivas zonas rurales en los ejercicios comprendidos entre los años 1934 y 1942, inclusive.