PODER EJECUTIVO. AUTORIZACION PARA DISPONER RECURSOS DE RENTAS GENERALES. ASISTENCIA HUMANITARIA




Promulgación: 09/01/1948
Publicación: 24/01/1948
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1948
  •    Página: 40

Artículo 1

   Autorízase al Poder Ejecutivo para tomar de "Diferencias de Cambio", 
la cantidad equivalente a un millón de dólares (U$S 1:000.00.00) como 
contribución de la República al Fondo Internacional de Socorro a la 
Infancia, creado por resolución de la Asamblea General de la Organización
de las Naciones Unidas, de 11 de diciembre de 1946.

Artículo 2

   Esta contribución será invertida fundamentalmente en la adquisición de
productos del país, adecuados a la finalidad perseguida, debiendo ser puesto en efectivo el remanente, a disposición de dicho Organismo 
Internacional.

Artículo 3

   Esta cantidad podrá ser entregada por el Poder Ejecutivo, en cuotas, 
si lo estimara conveniente.

Artículo 4

   Comuníquese, etc.

BATLLE BERRES - LEDO ARROYO TORRES


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