La habilitación de los tambos que produzcan leche certificada,
destinada a la venta en la ciudad de Montevideo, será dispuesta por el
Ministerio de Ganadería y Agricultura, luego de comprobar que los mismos
reúnen las siguientes condiciones fundamentales:
A) Sanidad del ganado del tambo, el que deberá encontrarse libre de
tuberculosis y brucelosis.
B) Carnet de salud del personal que trabaja en el ordeño y manipulación
de la leche.
C) Galpón de ordeño con capacidad suficiente para los animales en
producción.
D) Instalaciones para enfriar la leche a una temperatura no mayor de
cuatro grados centígrados.
E) Agua potable suficiente y piezas independientes del establo para
esterilizar los útiles y envases.
A los efectos del contralor municipal, los tambos habilitados para la
venta de leche certificada, deberán inscribirse en el Registro que llevará al efecto la respectiva Intendencia Municipal.