Ley N° 11056
ENSEÑANZA. DOCENTES
Promulgación: 08/02/1948
Publicación: 18/02/1948
- Registro Nacional de Leyes y Decretos:
- Tomo: 1
- Semestre: 0
- Año: 1948
- Página: 223
Artículo 2
Sólo podrán ser Directores de los Cursos para Adultos, las personas que posean títulos de maestros de enseñanza primaria.
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