Autorízase al Poder Ejecutivo para emitir una deuda pública que se denominará "Bonos de Defensa Nacional", por la suma de $ 14.500.000.00 (catorce millones quinientos mil pesos). Esa deuda devengará el interés del cinco por ciento (5%) anual y amortización acumulativa de uno por ciento (1%) también anual. Su rescate se realizará a la puja cuando se cotice abajo de la par, o por sorteo cuando sea cotizada a la par o arriba de ella.