PODER EJECUTIVO. AUTORIZACION. JUEGOS DE AZAR




Promulgación: 18/12/1948
Publicación: 29/12/1948
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1948
  •    Página: 1337
Referencias a toda la norma

Artículo 9

   (Transitorio). El 10 % de la cantidad que resulte del porcentaje a
que se refiere el inciso E) del artículo 5º, durante el primer año será 
destinado al mejoramiento de los edificios para los servicios policiales 
de la zona en que están instalados los casinos y para medios de locomoción
y comunicación de la Prefectura Marítima de Punta del Este; el 30 % a la construcción de edificios para una policlínica, una estación ferroviaria en La Paloma y para el mejoramiento del Parque Andresito; el 10 % para elementos de servicios de salvataje y primeros auxilios en las zonas balnearias del Este, a distribuirse por partes iguales entre los Ministerios de Salud Pública y Defensa Nacional y $ 15.000.00 (quince mil
pesos) al Ministerio de Instrucción Pública y Previsión Social, para la obtención de copias de documentos históricos referentes a Maldonado, Rocha, Melo, Colonia y Soriano.
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