Amplíase la autorización del artículo anterior, en $ 600.000.00 (seiscientos mil pesos) para el pago de lo adeudado por el Estado en mérito a leyes y decretos vigentes, a trabajadores de obras públicas por concepto de licencias anuales, días feriados, jornales perdidos por mal tiempo, asignaciones familiares y diferencias de jornales.