ENSEÑANZA. PRESUPUESTO. MODIFICACION




Promulgación: 02/07/1949
Publicación: 15/07/1949
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1949
  •    Página: 689
Referencias a toda la norma

Escalafón Docente

Artículo 19

   Los Ayudantes de clase y los Ayudantes adscriptos con funciones docentes, regularán el importe de sus retribuciones en la proporción de 2 
horas por una de Profesor para los primeros, y para los segundos a razón de 44 dietas por 6 horas de Profesor. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 71 (vigencia).
Referencias al artículo
Ayuda