Volver
?
Ver Base Jurisprudencia Nacional
Ley
N° 11317
CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES CIVILES. AUTORIZACION. FUNCIONARIOS. REMUNERACIONES
Documento Actualizado
Ver Imagen del D.O.
Referencias al artículo 1
AÑO 1950
Ley Nº 11.486 de 04/09/1950 artículo
1
Ayuda