Créase el Tribunal de Apelaciones en lo Penal con la jurisdicción y competencia que en materia criminal corresponde a los Tribunales de Apelaciones existentes, y que actuará de acuerdo a lo establecido en la
Sección VI, del Capítulo II, del Título III del Código de Organización de los Tribunales Civiles y de Hacienda.
BATLLE BERRES - OSCAR SECCO ELLAURI - NILO R. BERCHESI