JUZGADOS. CREACION. DENOMINACION




Promulgación: 08/07/1950
Publicación: 25/07/1950
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1950
  •    Página: 667

CAPITULO II
Disposiciones Transitorias

Artículo 23

   Lo dispuesto en el artículo 11 de la presente ley no es aplicable a los
funcionarios que, a la fecha de la publicación de la misma, ocupen cargos
en la Administración de Justicia o en el Ministerio Público o Fiscal y
respecto de los cuales no rija incompatibilidad.
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