CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA INDUSTRIA Y COMERCIO. AUTORIZACION. REGISTRO NACIONAL DE EMPRESAS. CREACION




Promulgación: 27/09/1950
Publicación: 14/10/1950
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1950
  •    Página: 991
Referencias a toda la norma

CAPITULO V
Servicio de vivienda

Artículo 35

   El plan constructivo, los proyectos de obra, las licitaciones y contratos, la conservación y administración de las viviendas, quedarán a cargo del Instituto Nacional de Viviendas Económicas.
   Decláranse de utilidad pública los predios necesarios que el Poder 
Ejecutivo designe para ser expropiados, a propuesta de los Directorios de las Cajas y previo asesoramiento de la Dirección Nacional de Catastro y del Instituto Nacional de Viviendas Económicas.
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