Autorízase al Poder Ejecutivo para ampliar hasta la suma de cinco
millones cuatrocientos doce mil quinientos pesos ($ 5:412.500.00) v/n., la Deuda Obras Públicas 5% 1942, autorizada por ley Nº 10.196, de 17 de julio de 1942, la que se destina a la terminación de la carretera Paysandú - Tacuarembó - Melo - Río Branco, por Paso de Aguiar.
El Poder Ejecutivo emitirá la Deuda autorizada por esta ley, sólo a solicitud del Ministerio de Obras Públicas en las cantidades estrictamente
necesarias para la ejecución de la obra.
Con anterioridad al decreto que ordena la iniciación de la obra, podrá
emitirse hasta el ocho por ciento (8%).