Autorízase al Poder Ejecutivo para ampliar la Deuda de Obras Públicas 1942, 5% autorizada por ley de 17 de julio de 1942, en la suma de $
575.000.00 valor nominal, destinada a la ejecución de las obras de abastecimiento de agua potable de la población de Santa Clara de Olimar.
El Poder Ejecutivo emitirá la Deuda autorizada por esta ley, sólo a solicitud del Ministerio de Obras Públicas en las cantidades estrictamente
necesarias para la ejecución de la obra.
Con anterioridad al decreto que ordena la iniciación de la obra, podrá
emitirse hasta el ocho por ciento (8%).