PRIMERAS LINEAS URUGUAYAS DE NAVEGACION AEREA (PLUNA). CREACION




Promulgación: 12/11/1951
Publicación: 28/11/1951
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1951
  •    Página: 1138
Ver: Ley Nº 19.572 de 15/12/2017 artículo 1 (Supresión del Ente Autónomo 
Primeras Lineas Uruguayas de Navegación Aérea).
Referencias a toda la norma

Recursos y competencias

Artículo 21

   Los funcionarios y demás personas que se consideren lesionados por 
resoluciones del Directorio, podrán deducir recurso de reposición, sin efecto suspensivo, dentro de los veinte días de su notificación en la República, y de cuarenta fuera de la República. Interpuesto el recurso, si no fuere resuelto dentro de los treinta días, quedará revocada la decisión recurrida en el caso concreto en que se hubiera planteado.
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