Ver: Ley Nº 19.572 de 15/12/2017 artículo 1 (Supresión del Ente Autónomo Primeras Lineas Uruguayas de Navegación Aérea).
Disposiciones transitorias
Declárase, por vía de interpretación que los artículos 17 a 30 de la ley 9.977, de 5 de diciembre de 1940, se refieren a las líneas particulares subvencionadas por el Estado, no siendo de aplicación a "P. L. U . N. A.".