Ver: Ley Nº 19.572 de 15/12/2017 artículo 1 (Supresión del Ente Autónomo Primeras Lineas Uruguayas de Navegación Aérea).
Disposiciones transitorias
La deuda de "P.L.U.N.A.", con la Caja de Jubilaciones respectiva, será abonada, una vez evaluada, sin multa, intereses ni recargo alguno, en cuotas mensuales, iguales, durante 20 años.