EXONERACION DE IMPUESTO. VENTAS Y TRANSACCIONES




Promulgación: 16/11/1951
Publicación: 30/11/1951
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1951
  •    Página: 1172

Artículo 1

   Declárase que el trigo comercializado y a comercializar con el Estado, en todas sus etapas, está exonerado del impuesto del 4 1/2 0/00 establecido en ley N° 10.998, del 22 de diciembre de 1947.

Artículo 2

   Comuníquese, etc.

MARTINEZ TRUEBA - LUIS ALBERTO BRAUSE - EDUARDO BLANCO ACEVEDO - HECTOR ALVAREZ CINA
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