DEUDA PUBLICA. AMPLIACION




Promulgación: 16/11/1951
Publicación: 01/12/1951
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1951
  •    Página: 1174

Artículo 1

  Amplíase en la suma de un millón trescientos mil pesos ($ 1.300.000.00), valor nominal, la deuda pública denominada "Bonos Crédito Agrícola de Habilitación", creada por las leyes N° 8.939, de 25 de febrero de 1933, N° 10.694, de 31 de diciembre de 1945 y N° 10.914, de 26 de junio de 1947.
   Esta ampliación, con la que se formará una serie separada, tendrá los 
mismos servicios de interés y amortización que la deuda original, los que serán atendidos por Rentas Generales.

Artículo 2

   La suma procedente de la colocación de dichos bonos, se destinará a los 
fines de la Lucha Contra la Langosta, ingresando a tal efecto al "Fondo 
Permanente" creado por la Ley N° 10.754, de 26 de junio de 1946.

Artículo 3

   Comuníquese, etc.

MARTINEZ TRUEBA - LUIS ALBERTO BRAUSE
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