Ley N° 11761
JUBILACIONES Y PENSIONES. AUMENTO DE PASIVIDADES
Promulgación: 19/11/1951
Publicación: 30/11/1951
- Registro Nacional de Leyes y Decretos:
- Tomo: 1
- Semestre: 0
- Año: 1951
- Página: 1187
Artículo 2
Los aumentos serán atendidos con las rentas o fondos que sirven las
pasividades comprendidas en este artículo.
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