JUBILACIONES Y PENSIONES. BENEFICIOS JUBILATORIOS. PRORROGA




Promulgación: 28/03/1952
Publicación: 30/04/1952
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1952
  •    Página: 378

Artículo 1

   Prorrógase por 120 (ciento veinte) días el plazo de opción 
establecido en el artículo 7° de la ley de fecha 1° de noviembre de 1951.

MARTINEZ TRUEBA - JUSTINO ZAVALA MUNIZ - EDUARDO ACEVEDO ALVAREZ - EDUARDO JIMENEZ DE ARECHAGA                    



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