PODER EJECUTIVO. AUTORIZACION. DEUDA PUBLICA. AMPLIACION




Promulgación: 06/03/1953
Publicación: 16/03/1953
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1953
  •    Página: 158

Artículo 4

   El servicio de la emisión de la deuda que se autoriza por el artículo 1°, así como la contribución autorizada por el artículo 3°, se atenderá con el excedente de los recursos creados por la ley N° 11.869, de 22 de octubre de 1952, artículos 5° y 6°.
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