SECCION II TITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
CAPITULO III
FUNCIONARIOS
Artículo 22
A los efectos de la racionalización jerárquica de las denominaciones
de los cargos presupuestados del escalafón civil vigente, a que se refieren los artículos 90 y 95 de la ley N° 9.640, de 31 de diciembre de 1936 y concordantes, el Poder Ejecutivo procederá a establecer una nomenclatura uniforme de dichos cargos, sustitutiva de la actual.