Ley N° 11924
PRESUPUESTO
Promulgación: 27/03/1953
Publicación: 06/04/1953
- Registro Nacional de Leyes y Decretos:
- Tomo: 1
- Semestre: 0
- Año: 1953
- Página: 291
Artículo 10
Los apostadores de juegos de azar al margen de las disposiciones legales, serán sancionados con la pena prevista por el artículo 361 del Código Penal.
Ayuda