PRESUPUESTO




Promulgación: 27/03/1953
Publicación: 06/04/1953
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1953
  •    Página: 291
Referencias a toda la norma

Artículo 74

   Las sociedades por acciones estarán obligadas a publicar en el Diario Oficial el balance general, estado de pérdidas y ganancias y proyecto de distribución de utilidades, dentro de los ciento cincuenta días de cierre del ejercicio previa visación de la Oficina de Recaudación del Impuesto a las Ganancias Elevadas. (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 12.080 de 11/12/1953 artículo 12.

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 11.924 de 27/03/1953 artículo 74.
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