BANCO DE LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY (BROU). AUTORIZACION. PRESTAMOS




Promulgación: 28/11/1953
Publicación: 23/12/1953
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1953
  •    Página: 1617

Artículo 1

   Facúltase al Banco de la República para extender hasta la suma de dos 
millones quinientos mil pesos ($ 2:500.000.00) el monto del préstamo 
anual, en cuenta corriente, que acuerda al Gobierno Departamental de 
Montevideo, según el artículo 19, apartado 6° de la ley N° 9.515 de 28 
de octubre de 1935 y el artículo 14 de la ley N° 10.980 de 6 de diciembre 
de 1947.

MARTINEZ TRUEBA - EDUARDO ACEVEDO ALVAREZ - EDUARDO JIMENEZ DE ARECHAGA

       


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