PRESUPUESTO. MODIFICACION




Promulgación: 11/12/1953
Publicación: 31/12/1953
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1953
  •    Página: 1710
Referencias a toda la norma

Artículo 22

   La Comisión Nacional de Educación Física reintegrará a Rentas
Generales el importe de ciento cincuenta mil pesos ($ 150.000.00),  anuales fijado en el artículo 4º de la ley Nº 11.923, de 27 de marzo de 1953, del recurso creado por el artículo 2º de la ley Nº 11.630, de 3 de enero de 1951, destinándose el excedente a la integración del Fondo de Cultura Física (artículos 10 y 11 de la ley Nº 9.892, de 1º de diciembre de 1939).
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