PRESUPUESTO. MODIFICACION




Promulgación: 11/12/1953
Publicación: 31/12/1953
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1953
  •    Página: 1710
Referencias a toda la norma

Artículo 23

   Autorízase al Poder Ejecutivo a ampliar la Deuda de "Edificios 
Públicos 5% 1937", en la cantidad que podrá llegar a tres millones de
pesos ($ 3:000.000.00), cuyo importe será entregado a la Comisión 
Nacional de Educación Física con el fin de contribuir a que las 
instituciones deportivas amateurs adquieran predios, instalen y equipen 
sus campos, instalaciones, canchas o pistas de deportes.
   Los recursos provenientes de esta emisión se aplicarán en un 60% para
los Departamentos del interior y un 40% para Montevideo.
   El servicio de intereses y amortización de esta emisión será atendido
con la partida de $ 200.000.00 que establece el artículo 3º de la ley Nº
11.630, de 3 de enero de 1951.
   El producido de la deuda se aplicará de acuerdo con lo determinado en
el citado artículo.
   Mientras no se emita la deuda autorizada, la Comisión Nacional de 
Educación Física podrá aplicar directamente el saldo no afectado de la 
indicada partida de doscientos mil pesos.
Referencias al artículo
Ayuda