CAJA DE JUBILACIONES BANCARIAS. AUTORIZACION. PRESTAMOS. AFILIADOS. VIVIENDA




Promulgación: 22/12/1953
Publicación: 05/01/1954
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1953
  •    Página: 1765
Referencias a toda la norma

Artículo 2

   Las colocaciones a que se refieren los numerales 2.o y 3.o del 
artículo anterior, requerirán resolución dictada por cinco votos 
conformes del Consejo Honorario de la Caja.
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