Autorízase al Poder Ejecutivo para ampliar en un millón quinientos mil
pesos ($ 1:500.000.00), valor nominal, la Deuda "Construcción del
Aeropuerto Nacional de Carrasco" (Decreto-ley N° 10.186, de 3 de julio
de 1942).
De la cantidad autorizada se tomarán las sumas necesarias para el
cumplimiento de lo establecido en el artículo 1°.