Autorízase al Poder Ejecutivo para disponer de los recursos asignados
por la ley N° 11.830, de 27 de junio de 1952, de hasta la suma de noventa
y ocho mil pesos ($ 98.000.00) a fin de abonar las diferencias de
jornales que, de conformidad con el salario mínimo y escalas de salarios
establecidos de acuerdo con la mencionada ley, se adeudan a los obreros
de las siguientes obras realizadas en el Departamento de Canelones:
A) Liceo de Las Piedras.
B) Escuela La Cruz de los Caminos.
C) Escuela N° 105 de San Jacinto.
D) Escuela al Aire Libre de la ciudad de Canelones.
E) Parque Franklin D. Roosevelt.