En todos los casos, al cesar en sus funciones el viajante o vendedor
de plaza, las partes contratantes están obligadas a comunicarlo dentro de los diez días al Registro. La Comisión Asesora expedirá el certificado que los interesados soliciten, que deberá contener: fecha de ingreso y egreso, localidades o regiones que fueron confiadas a su cargo, clase de remuneración que percibió y puestos desempeñados.