AUTORIZACION PARA LA EMISION DE DEUDA PUBLICA




Promulgación: 10/02/1956
Publicación: 17/02/1956
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1956
  •    Página: 326
Referencias a toda la norma

CAPITULO II - COLOCACION DE DEUDA PUBLICA

Artículo 5

   En las licitaciones públicas que efectúen los Poderes del Estado,
Gobiernos Departamentales, Entes Autónomos, Servicios Descentralizados o
personas de derecho público no estatales, el importe de las garantías que
se establezcan de acuerdo con las disposiciones reglamentarias, será
depositado en Títulos de Deuda Nacional y/o Municipal y/o Hipotecarios,
computados por su valor nominal.
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