AUTORIZACION PARA LA EMISION DE DEUDA PUBLICA




Promulgación: 10/02/1956
Publicación: 17/02/1956
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1956
  •    Página: 326
Referencias a toda la norma

CAPITULO VI - DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 52

   (transitorio). El Poder Ejecutivo, dentro de los veinte días de
promulgada la presente ley, formulará el plan de inversiones con cargo al
Fondo de Diferencias de Cambio, correspondiente al Ejercicio 1956.
Ayuda