AUTORIZACION DE DONACION DE BUQUES DE LA ARMADA NACIONAL




Promulgación: 10/05/1956
Publicación: 28/05/1956
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1956
  •    Página: 519

Artículo 1

   Derógase el artículo 4.o de la Ley número 11.660 del 15 de mayo de
1951, en cuanto dispone la venta del R.O.U. "18 de Julio".

Artículo 2

   Autorízase al Consejo Nacional de Gobierno para entregar gratuitamente
al Salto Rowing Club el R. 0. U. "18 de Julio", sin materiales militares,
para ser utilizado en las funciones deportivas que cumple esa
institución.

Artículo 3

   Comuníquese, etc.

ZUBIRIA - JUAN P. RIBAS
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