Autorízase al Poder Ejecutivo para contribuir con la cantidad de
setenta y cinco mil pesos ($ 75.000) a fin de solventar los gastos que
se ocasionen con motivo de los actos conmemorativos y festejos a
realizarse en Paysandú, al cumplirse el segundo centenario de su
fundación.
Dicha contribución, que se entregará al Comité Ejecutivo del
Bicentenario de Paysandú, se atenderá con los recursos creados por los
artículos 5° y 6° de la ley Nº 11.869, de 22 de octubre de 1952.