A partir del año 1957, del excedente del producido sobre el ejercicio
1955 del impuesto de Plus Valía, creado por la ley N.o 10.837, de 21 de
octubre de 1946, y sus modificativas y concordantes, se verterá al Tesoro
de Vialidad (ley N.o 10.589, de 23 de diciembre de 1944), hasta la suma
de $ 4:000.000.00 (cuatro millones) anuales.