OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. JUAN ESTEBAN ISBARBO




Promulgación: 24/01/1957
Publicación: 04/02/1957
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1957
  •    Página: 110

Artículo 1

   Acuérdase al señor Juan Esteban Isbarbo una pensión graciable de  
1.200.00 (un mil doscientos pesos) anuales, acumulable a la legal que 
percibe la que será atendida con cargo al remanente del producido que 
establece el artículo 6° de la ley N° 11.869, de 22 de octubre de 1952.


ZUBIRIA - CLEMENTE RUGGIA - LEDO ARROYO TORRES
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