MODIFICACION AL DECRETO LEY 1.421 RELATIVO A LA SUSPENSION DEL EJERCICIO DE LA PROFESION DE LOS ESCRIBANOS




Promulgación: 02/07/1957
Publicación: 10/07/1957
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1957
  •    Página: 748

Artículo 3

   Aún cuando no se decrete la suspensión, les queda prohibido a los 
escribanos ejercer cualquier acto de su profesión mientras se encuentren
encarcelados, salvo los que sea de estricta y necesaria consecuencia de 
instrumentos autorizados anteriormente.
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