AUMENTO DE PENSION GRACIABLE. OCTAVIA FLORES




Promulgación: 30/11/1957
Publicación: 14/12/1957
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1957
  •    Página: 1282

Artículo 1

   Auméntase en $ 350.00 (trescientos cincuenta pesos) mensuales, la 
pensión graciable de que disfruta la Srta. Octavia Flores, por la ley N.o 
11.087, de 5 de julio de 1948, acumulable a la legal que percibe. Este 
aumento será servido con el mayor producido del impuesto a las Ventas y 
Transacciones, creado por la ley N.o 10.054, de setiembre 30 de 1941, y
sus modificativas y concordantes.

LEZAMA - CLEMENTE RUGGIA
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