OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. ANGELA LUCIA VESPA




Promulgación: 30/11/1957
Publicación: 14/12/1957
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1957
  •    Página: 1288

Artículo 1

   Acuérdase a la señora Angela Lucía Vespa una pensión graciable de $ 
100.00 (cien pesos) mensuales, la que será atendida con el mayor 
producido del impuesto a las Ventas y Transacciones, creado por la ley 
número 10.054, de 30 de setiembre de 1941, y sus modificativas y 
concordantes.

Artículo 2

   Comuníquese, etc.

LEZAMA - CLEMENTE RUGGIA
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