Autorízase al Poder Ejecutivo para disponer hasta la cantidad de pesos
ocho millones novecientos ochenta y siete mil para la construcción y
terminación de los edificios liceales de Enseñanza Secundaria, así como
para las respectivas expropiaciones de los terrenos necesarios y para las
ampliaciones de los edificios existentes de propiedad del Estado, de
acuerdo a la siguiente distribución:
Construcción de liceos en Montevideo................$ 3:200.000
Liceo de Mercedes..................................." 1:200.000
Liceo de Florida...................................." 1:000.000
Artigas. - Liceo Departamental, Ampliaciones ...... " 245.000
Bella Unión. - Liceo. Refuerzo de la partida
establecida en el artículo 57......................." 50.000
Canelones.- Liceo Departamental. Ampliaciones y reparaciones........................................" 50.000
Las Piedras. - Liceo. Terminación primera
etapa.............................................. " 25.000
Castillos. - Liceo. Terminación....................." 20.000
Treinta y Tres.- Liceo Departamental. Ampliaciones ." 225.000
Melo.- Liceo Departamental. Expropiaciones y
ampliación.........................................." 100.000
Tacuarembó.- Liceo Departamental. Terminación ......" 200.000
Batlle y Ordóñez. - Liceo. Terminación.............." 45.000
Colón.- Liceo " Dr.Eduardo Acevedo "................" 150.000
Instituto "Vázquez Acevedo" Reparaciones............" 300.000
Liceo Departamental de San José. Ampliación ........" 300.000
Para aumento de jornales 15 %......................." 1:166.000
Para imprevistos 10 % ............................. " 711.000
___________
$ 8:987.000
___________