Decláranse nuevamente vinculados a la Caja de Compensaciones por
Desocupación en la Industria Frigorífica, a partir del 15 de abril de
1958, y amparados al régimen de la ley N° 10.562, de 12 de diciembre de
1944, complementarias y concordantes, a los obreros de la Compañía Swift
de Montevideo y Frigorífico Artigas Sociedad Anónima, cesantes con motivo
del cierre de dichos establecimientos.