Si a la sanción de esta ley, los trabajadores de la industria
papelera, cartonera y afines estuvieran organizados en más de un
sindicato, y las empresas, o una en particular, negaran el reconocimiento
a uno de ellos, el Ministerio de Industrias y Trabajo decretará la
realización de un plebiscito a los efectos de determinar cuál deberá reconocido como el más representativo.
Este reconocimiento no obstará a la existencia de otro u otros
sindicatos.