DESIGNACION DE FUNCIONARIOS DEL BANCO DE LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY EN TAREAS ESPECIALES




Promulgación: 14/10/1958
Publicación: 29/10/1958
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1958
  •    Página: 1101
Referencias a toda la norma

Artículo 1

   Los funcionarios actualmente en actividad, designados directamente por
el Directorio del Banco de la República y los que éste designe en el 
futuro, a efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el inciso 16, del
artículo 24, de su Carta Orgánica, ley N° 9.808, de 2 de enero de 1939, 
dependen de dicho Ente y tendrán los derechos, deberes y garantías que establecerá el Estatuto Especial que dictará el Directorio, atendiendo a la índole de sus funciones dentro de los sesenta días de la promulgación 
de la presente ley.

Artículo 2

  Comuníquese, etc.

ZAVALA MUNIZ - AMILCAR VASCONCELLOS
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