Las enajenaciones que realice la Sociedad que constituyan los
empleados y obreros de los Frigoríficos Swift y Artigas, tanto de bienes
inmuebles como de muebles, estarán exoneradas del pago de los impuestos
que las graven, a cargo de los enajenantes, así como de los impuestos a los beneficios extraordinarios, no requiriéndose que la sociedad se encuentre al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Caja
de Jubilaciones y Pensiones de la Industria y Comercio; Caja de Compensación de Asignaciones Familiares; Caja de Compensaciones Por Desocupación en la Industria Frigorífica y de todo otro
impuesto cuyo pago previo sea exigido por las leyes. Esta exoneración
tendrá una vigencia de un año a contar de la publicación de la presente ley.